Blinda el Congreso a ex gobernadores

Definirán reforma de ley que regule la protección de servidores públicos con tareas de riesgo

La Diputación Permanente del Congreso del Estado de Tamaulipas dictaminó procedente una reforma a la Ley Estatal de Seguridad Pública que compromete la protección a través de personal de seguridad al gobernador del estado, funcionarios de seguridad e instalaciones, así como al gobernador saliente, en éste caso a Egidio Torre Cantú.

La iniciativa de ley, remitida al Poder Legislativo el pasado 2 de agosto, precisa en artículo único reforman el Capítulo VI del Título Tercero y los artículos 20 párrafo 1, fracciones IV y V y 26; y se adicionan la fracción VI al párrafo 1, del artículo 20 y el artículo 26 BIS, de la Ley de Seguridad Pública para el Estado de Tamaulipas.

Plantea que la Secretaría de Seguridad Pública contará con una Dirección de Seguridad a Personal e Instalaciones y Edificios Públicos, que será la encargada de la seguridad y protección del Gobernador, así como de los servidores públicos, personas residentes o visitantes que así lo requieran en virtud de sus funciones, representatividad o responsabilidades, con base en la evaluación de riesgo que realice la propia Secretaría.

Asienta que la Dirección de Seguridad a Personal e Instalaciones y Edificios Públicos, estará constituida por el mando y el número de elementos que se requiera para el cumplimiento de sus funciones, conforme a la disponibilidad del Presupuesto de Egresos del Estado.

Asimismo establece que el Titular de la Dirección de Seguridad a Personal e Instalaciones y Edificios Públicos, será designado y removido libremente por el Gobernador del Estado.

Sobre las obligaciones de esa dirección puntualiza que está la de “proporcionar la seguridad y protección al Gobernador del Estado, a quien haya desempeñado dicho cargo, servidores públicos, y a otras personas nacionales o extranjeras que por la importancia de su encargo o encomienda o por determinada circunstancia imperante, expresamente así lo disponga el Gobernador del Estado”.

Y aclara que  “para brindar este servicio, la Secretaría de Seguridad Pública realizará la evaluación inherente a la o las personas que deban ser objeto de protección y seguridad”.

También le encomienda “ Brindar la seguridad a instalaciones y edificios públicos, así como de los inmuebles donde el Gobernador del Estado, resida o labore habitual o transitoriamente, y los vehículos donde sea trasladado”.

Así como le compromete a “Integrar y analizar la información necesaria para el adecuado y oportuno cumplimiento de sus funciones; contribuir, en su caso, a la planeación y organización de giras y actos públicos del Gobernador del Estado, proporcionando los recursos humanos y materiales que se requieran en apoyo de sus actividades”.

El Presidente de la Diputación Permanente, Ramiro Ramos Salinas, confirmó que la iniciativa fue revisada ya en la Diputación Permanente y dictaminada por lo que será presentada ante el pleno legislativo en la sesión extraordinaria de éste jueves.

Precisó que en sesión de la Diputación Permanente celebrada el día 19 de agosto del presente año, se recibió la iniciativa de mérito, para llevar a cabo su análisis y emitir la opinión respectiva y elaboración del dictamen correspondiente.

Aduce que en el actual esquema Constitucional y legal, el sistema de seguridad pública del Estado, tiene como responsables directos de tan importante función, al Gobernador del Estado, a los Secretarios General de Gobierno, de Seguridad Pública, al Procurador General de Justicia y al Secretario Ejecutivo del Consejo Estatal de Seguridad Pública, entre otros, señalados en el artículo 8 de la Ley de Seguridad Pública del Estado.

Manifiesta que por lo anterior, y en virtud del riesgo que ante el panorama actual presentan los titulares de las instituciones referidas en el párrafo que antecede, se hace necesario proteger su integridad física.

Argumenta que en la actualidad ya se están llevando a cabo dichos servicios, por lo que con la presente acción legislativa, se pretende regularizarlos, así como ordenar los servicios que prestan dichos elementos, constituyéndolos en una sola unidad administrativa y un sólo mando, dependientes de la Secretaría de Seguridad Pública Estatal.

Indica que en la actualidad ya se están llevando a cabo dichos servicios de seguridad para los servidores públicos del Estado y demás personas que por motivo de su encargo o situación social, requieran una protección adecuada, por lo que, mediante la presente Iniciativa se pretende dar una formalidad jurídica de lo que se viene dando.

Por tal motivo, la Diputación Permanente coincide con el accionante en cuanto a regularizar las funciones de seguridad antes descritas, y de este modo dar el sustento legal a dichas acciones para que exista la certeza de que toda labor en materia de seguridad, se encuentra legalmente establecida y que de existir alguna irregularidad se pueda actuar conforme con lo que establece el marco jurídico respectivo y bajo la supervisión de un órgano gubernamental debidamente establecido.

Será el pleno de diputados en el que están todas las fracciones parlamentarias, quienes definan si se aprueba o no esta reforma que regule la protección de los servidores públicos con tareas de riesgo, edificios públicos. (Cd Victoria, Tam/VMC)