El tribunal de enjuiciamiento que intervino en el caso de Guilebaldo N., acusado de secuestro agravado, consideró que las pruebas y alegatos que presentó la Procuraduría de Justicia del Estado, a través de la fiscalía anti-secuestros, eran suficientes para emitir un fallo de culpabilidad.
Ayer en la audiencia que se inició a las 14:00 horas y concluyó en menos de una hora se decretó el fallo en contra y se fijaron las 11:00 horas del 30 de octubre para la individualización de la pena y lo relacionado con la reparación del daño, tomando en cuenta que la ley estipula que todo imputado que resulte responsable del delito, es por consiguiente responsable de los daños ocasionados y estará obligado a su reparación.
Guilebaldo, es el individuo que había secuestrado a un joven y por el cual estaba pidiendo un rescate que había exigido a sus familiares que se lo llevaran a la tienda El Sol del primer cuadro de la ciudad.
Ahí lo detuvieron y liberaron a la víctima. Según se recuerda fue en el mes de mayo del 2017 cuando se registró el arresto y desde entonces el individuo luchó por demostrar su inocencia, pero la procuraduría aportó pruebas que demostraron su culpabilidad echando abajo el principio de presunción de inocencia, en éste caso.