Ciudad de México
Después de haber participado en un acto de campaña en las elecciones pasadas y hacerse acreedora a ser deportada del país se llega a un acuerdo.
El Secretario de Gobernación, Alfonso Navarrete Prida, informó que no es aplicable a la cantante Belinda, el artículo 33 Constitucional, que prohíbe a los extranjeros inmiscuirse en asuntos políticos del país y faculta al ejecutivo para su expulsión.
A través de su cuenta de Twitter, el funcionario señaló que recibió a la cantante, quien es de nacionalidad española, en su oficinas de Bucareli y, de manera personal, le informó de esta circunstancia.
“Este mediodía recibí en la @SEGOB_mx a la cantante y actriz @belindapop a quien le informé que para ella no es aplicable el Artículo 33 de la Constitución cuya finalidad atiende a otro tipo de conductas y circunstancias”, escribió.
El 19 de septiembre pasado, la sala regional especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación aprobó dar vista a la Segob para que analizara el caso de Belinda, quien, con calidad de extranjera en el país, participó en un acto de campaña en Morelos y repartió bienes a los ciudadanos en apoyo a candidatos de Morena.
“El artículo 33 de la Constitución, como principio dice: ‘Los extranjeros -yo diría ‘los y las’, pero bueno- no podrán de ninguna manera inmiscuirse en los asuntos políticos del país’. Es decir, es una prohibición tajante”, expuso la magistrada presidenta en funciones de la sala, Gabriela Villafuerte.