Anulan convocatoria para elecciones de la Sección 36

Junta Federal de Conciliación y Arbitraje hace la declaratoria por no reunir requisitos estatutarios en el acta constitutiva

Por no reunir los requisitos estatutarios establecidos en el acta constitutiva del sindicato petrolero, la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje declaró la nulidad de la convocatoria de elecciones de la Sección 36.

Principalmente se refiere a no considerar en los estatutos del sindicato petrolero el voto libre, directo y secreto para la elección de los dirigentes gremiales.

Lo anterior lo establecido los representantes de la Junta Especial Número Siete de la Federal de Conciliación y Arbitraje que preside el licenciado José Francisco Maciel Amaya, en el oficio enviado a los integrantes de la planilla Gris que pretendieron contender en el proceso electoral para elegir la directiva sindical del gremio petrolero.

En el oficio enviado a las partes en conflicto la autoridad laboral señala que las disposiciones legales establecidas en el artículo 123 apartado “A” obligan a los sindicatos a incorporar en sus estatutos diversas previsiones en materia del voto libre y secreto, y que han omitido actualizar los estatutos del Sindicato Nacional de Petroleros de la República Mexicana.

Fueron los integrantes de la planilla Gris quienes promovieron la nulidad de la convocatoria para las elecciones en la secciono 36.

Por otra parte trascendió que a algunos integrantes de la planilla Gris que impugnaron la convocatoria, han sido objeto de presiones de parte de funcionarios y líderes que actualmente detentan el poder en las directiva local de la Sección 36.