Un total de siete asesorías por juicios especiales proporcionaron las autoridades de la Procuraduría de la Defensa del Trabajo a cónyuges o familiares de trabajadores fallecidos.
Juan Luis González García, procurador auxiliar de la Defensa del Trabajo, manifestó que este tipo de procedimientos se dan cuando alguna persona reclama como beneficiaria los derechos laborales que generó un trabajador fallecido
El trabajador fallecido estuvo laborando cierto tiempo y generó prestaciones con alguna empresa, con algún patrón, y por lo tanto sus deudos tienen derechos como beneficiarios de esas prestaciones, subrayó el funcionario.
Dijo que la oficina a su cargo inicia el procedimiento solicitando a la Junta de Conciliación y Arbitraje que se le declare a dicha persona como beneficiaria de los derechos generados por el trabajador fallecido.
Explicó que para sustentar ese reclamo se realiza una investigación de dependencia económica y unas convocatorias que se publican para determinar si existe alguien más que reclama derechos como beneficiario.
Al terminar la investigación, corresponde a la Junta de Conciliación y Arbitraje, con base en los datos recabados, declarar a la persona que corresponda como beneficiaria de los derechos generados por el fallecido trabajador.
Así, esa persona está en posibilidad de que la empresa o el patrón le cubra las prestaciones generadas a que demandó tener derecho como beneficiaria, puntualizó el funcionario.
González García señaló que las siete asesorías para juicios especiales proporcionadas por la oficina auxiliar de la Procuraduría de la Defensa del Trabajo se resolvieron favorablemente para los demandantes.