Incumplir pagos por prestamos obtenidos, no es motivo para que se amenace, acose o utilicen medidas extremas para motivar al deudor a cumplir con los convenios de pago.
El abogado Ramiro Cavazos indicó que primero la empresa financiera y el deudor deben llegar a acuerdos de pago y en caso de persistir el incumplimiento, deben ser los Tribunales, quienes resuelvan el asunto.
Dijo que en primera instancia la persona que se siente acosada debe acudir a la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef).
“Que lleve el numero telefónico del que le están llamando
que exponga su caso, que informe que no pudo pagar por cuestiones personales y quiere que lo asesoren. Debe no lo niega pero no deben acosarlo de esa manera”.
Legalmente no se debe amedrentar o amenazar con embargar, ni siquiera, acosarlo con llamadas a altas horas de la noche.
“No pueden llegar al domicilio y embargar, legalmente no puedan hacer eso, son cobranzas extra judiciales, obviamente que al momento que recibe un préstamo y no paga, se van hacia sus bienes, pero para eso están los Tribunales”.
Las personas con estos adeudos pueden acudir con un abogado para recibir asesoría.
“Lo ideal es llegar a un convenio con la institución que le esta prestando, si amenazan con embargar, para eso tienen que ir a un Tribunal, demandar, notificarle a la persona en el domicilio para que ella se defienda conforme a derecho corresponda”.
Como abogados no se busca perjudicar al deudor ya que no es ético y es una intimidación.
“En mis 25 años de ejercicio nunca le he dicho a un cliente que le vamos a embargar, se le ofrece la oportunidad de que pague, un acuerdo para que se quite esta situación de encima. Nunca le digo al deudor que lo vamos a perjudicar, no es ético y es una intimidación. Que busquen una alternativa a través de un abogado para que los representantes legales lleguen a un acuerdo donde el monto sea más bajo y le den facilidad de pago”.