CIUDAD DE MÉXICO
Este miércoles, la Cámara de Diputados recibió de manera formal la iniciativa de reforma a la Guardia Nacional, cuyo objetivo es permitir que la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena) ejerza el control operativo y administrativo de dicha fuerza.
El proyecto permite al Presidente de la República nombrar al nuevo titular de la Guardia Nacional y consiente que utilice, al igual que la Sedena, armas de grueso poder, denominadas como "de uso exclusivo del Ejército".
"La presente iniciativa tiene por objeto fortalecer la consolidación institucional de la Guardia Nacional como un cuerpo policial permanente, profesional y disciplinado, adscrito a la Secretaria de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC), bajo el control operativo y administrativo de la Secretaria de la Defensa Nacional (Sedena)", señala el proyecto publicado en la Gaceta Parlamentaria.
Se trata de una reforma a la Ley orgánica de la administración pública federal; la Ley de la Guardia Nacional; la Ley orgánica del Ejército y Fuerza Aérea mexicanos, y de la Ley de ascensos y recompensas del Ejército y Fuerza Aérea mexicanos, en materia de Guardia Nacional y Seguridad Publica.
En los argumentos de la iniciativa, se afirma que el propósito es "garantizar el cumplimiento efectivo de los fines constitucionales de dicha Institución de policía".
"Para salvaguardar la vida, las libertades, la integridad y el patrimonio de las personas, así como contribuir a la preservación del orden público y la paz social, con respeto a derechos humanos y a los estándares internacionales en la materia", señala.
Entre las modificaciones se propone reformar los artículos 29, fracción IV, de la Ley orgánica de la administración pública federal, y 12, fracción I, así como adicionar el artículo 13 Bis, fracción I, de la Ley de la Guardia Nacional, a fin de que la Sedena tenga a su cargo el control operativo y administrativo de la Guardia Nacional.
"Sobre este punto, es importante reiterar que la Guardia Nacional continuará su consolidación como institución civil adscrita a la SSPC cuya función primaria es contribuir a la seguridad pública y desarrollará sus actividades con capacitación y adiestramiento, de naturaleza no bélica", afirma.
El proyecto establece que el Presidente de la República tendrá la facultad de elegir al titular de la Comandancia, quien deberá cumplir con una escala jerárquica y años de servicio específicos, además de contar con título profesional y tener el grado de Comisario General.
Asimismo, las armas que son denominadas "de uso exclusivo del Ejército" podrán ser usadas por elementos de la Guardia Nacional.
También se adiciona el artículo 7, fracción IX, de la Ley de la Guardia Nacional, para habilitar la intervención de la Guardia Nacional en auxilio de la Fuerza Armada de forma permanente.
Será el secretario de la Defensa Nacional el encargado de ejercer el control operativo y administrativo de la Guardia Nacional, y tendrá a su cargo los programas, operativos y estrategias.
La iniciativa planteWa suprimir las Coordinaciones Regionales de la Guardia, e incorporarle facultades de investigación e inteligencia.
Se adiciona un segundo párrafo al artículo 57 de la Ley de la Guardia Nacional, para establecer que el personal naval y militar asignado a la Guardia Nacional "continuará sujeto al fuero militar, en el caso de comisión de infracciones contra la disciplina castrense".
En sus artículos transitorios, la iniciativa señala que el gobierno federal transferirá a la Secretaría de la Defensa Nacional, dentro de un plazo de 60 días naturales, "los recursos presupuestarlos y financieros que correspondan para cubrir las erogaciones por concepto de servicios personales y gastos de operación de la Guardia Nacional, así como los materiales" para su operación.