CIUDAD DE MÉXICO
Un juez federal ordenó emitir una nueva resolución sobre la prisión preventiva justificada dictada al exalcalde de Iguala, Guerrero, José Luis Abarca Velázquez, en diciembre del año pasado, por los delitos de delincuencia organizada y "lavado" de dinero, en la que se tome en cuenta si su estado de salud pone en riesgo su vida.
Everardo Maya Arias, titular del Juzgado Tercero de Distrito de Amparo y Juicios Federales en el Estado de México, concedió un amparo al experredista que dejó insubsistente la resolución decretada por un secretario en funciones de juez, del Juzgado Tercero de Distrito de Procesos Penales Federales, en la que modificó la prisión preventiva oficiosa y dictó la prisión justifica a Abarca Velázquez, en cumplimiento a una sentencia de amparo.
En la sentencia de amparo, Maya Arias pidió al Juzgado Tercero de Distrito de Procesos Penales Federales allegarse de todas las pruebas (periciales oficiales, reportes médicos, bitácoras, expedientes clínicos, inspecciones, inventarios, etcétera) para verificar los padecimientos que aduce el exalcalde de Iguala, preso en el penal de máxima seguridad del Altiplano, y determinar se si se trata de enfermedades mortales, graves, terminales o crónicas degenerativas complejas; o si sólo de padecimientos o enfermedades que por su naturaleza sean controlables y no representen un riesgo potencial de pérdida de la vida, o de menoscabo o limitación a alguna función orgánica a través del tratamiento adecuado.
"Esto es, dichas probanzas no sólo deben estar relacionadas con el estado de salud del impetrante y con su expediente clínico, sino también con la capacidad técnica y operativa del centro penitenciario en el que se encuentra, para apreciar objetivamente si cuenta con los elementos humanos y técnicos necesarios para hacer frente a los eventuales padecimientos del quejoso, a fin de salvaguardar su integridad física y su vida", señaló el juez de amparo.
El juzgador indicó que recabadas y preparadas las pruebas respectivas, con las providencias necesarias y dentro de los plazos legales aplicables, el juez Tercero de Distrito de Procesos Penales Federales deberá citar a las partes procesales a una nueva audiencia en la que sin permitir la exposición de nuevos argumentos de debate entre las partes, se desahoguen y valoren las probanzas de referencia; y se emita una nueva resolución con libertad de jurisdicción en torno a la solicitud de modificación de la prisión preventiva justificada realizada por José Luis Abarca Velázquez.