Tramitan su RFC

Migrantes busca legalizar su situación en el país con el Registro Federal de Contribuyentes

Cada vez más migrantes buscan legalizar su situación obteniendo el documento del Registro Federal de Contribuyentes (RFC) como personas físicas.

De acuerdo al SAT, aquellas personas extranjeras que no cuenten con autorización para desempeñar una actividad remunerada, pero que requieran el RFC para otros fines, podrán exhibir un escrito libre en el que manifiesten, bajo protesta de decir verdad, los motivos por los que requieren su inscripción en el Registro Federal de Contribuyentes.

El Servicio de Administración Tributaria informó que las personas interesadas en inscribirse ante el RFC podrán acudir a cualquier oficina con previa cita agendada.

En caso de ser extranjero con condición de estancia de residentes temporales o permanentes se requiere el documento migratorio emitido por el Instituto Nacional de Migración para acreditar su estancia en territorio nacional, mismo que sirve como identificación oficial, tarjeta de residente permanente, residente temporal, visitante por razones humanitarias, visitante con permiso para realizar actividades remuneradas, tarjeta de visitante trabajador fronterizo o de residente temporal estudiante.

De la misma forma se solicita comprobante de domicilio del lugar donde vive, con antigüedad no mayor a cuatro meses y la Clave Única de Registro de Población temporal con fotografía, la cual se tramita ante las oficinas de representación del Instituto Nacional de Migración misma que puede ser utilizada como identificación oficial.

 En el caso de ser extranjero con calidad de refugiado se pide Curp temporal con fotografía, documento de reconocimiento de calidad de refugiado emitido por la COMAR y comprobante de domicilio del lugar donde vive, con antigüedad no mayor a cuatro meses.

En caso de mexicanos repatriados se requiere curp temporal con fotografía,  comprobante de domicilio del lugar donde vive, con antigüedad no mayor a cuatro meses y credencial para votar desde el extranjero.

En caso de mexicanos en retorno se les pide, Curp permanente, la cual se tramita en el Registro Civil o ante las Oficinas Consulares de México en el exterior, acta de nacimiento o carta de naturalización en original, comprobante de domicilio del lugar donde vive, con antigüedad no mayor a cuatro meses y la INE desde el extranjero.