Ciudad de México
La Suprema Corte de Justicia determinó que Manuel Mijares puede tener derecho a una remuneración con base en la Ley Federal del Derecho de Autor (LFDA), pero no al pago de regalías acumuladas que le reclama a EMI Music desde 1991.
La Primera Sala de la Corte aprobó por unanimidad el proyecto de sentencia del Ministro Juan Luis González Alcántara, quien propuso aclarar que el cantante no tiene derecho al pago de regalías, reservadas sólo para autores de obras artísticas.
SIN PRUEBAS
Mijares ya había demandado a EMI en 2005; entonces, el sello negó todo contrato de exclusividad.
En septiembre de 2006, el Juez 59 Civil de la Ciudad de México rechazó el reclamo del cantante, porque en el convenio de 1997 Mijares se dio “por satisfecho de todas las obligaciones a cargo de EMI, dejando a esta última a salvo y en paz de cualquier obligación o deuda por cumplir”. Además, no pudo exhibir completos ante el Juzgado todos los contratos que firmó con EMI.