Permite SCJN posesión de más de 5 gr de cannabis
Declaran inconstitucional penalizar la posesión de marihuana para el consumo personal
CIUDAD DE MÉXICO
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional el tope máximo de cinco gramos permitido por la ley para que el consumo personal de marihuana no sea penalizado.
Más tarde, el presidente de la Junta de Coordinación Política del Senado, Ricardo Monreal, afirmó que el Congreso seguirá el proceso legislativo que ya se inició para regular el uso adulto de la planta y poner fin a la criminalización de su consumo.
Así, con tres votos, los ministros de la Primera Sala consideraron inconstitucional obligar al Ministerio Público a proceder penalmente contra los consumidores de cannabis que posean más de cinco gramos: “La porción normativa analizada no atiende las circunstancias reales del uso o consumo personal, tales como las objetivas del caso y personales del imputado, hoy recurrente.
“Por el contrario, frente al supuesto de uso o consumo personal, dicha porción normativa ocasiona una afectación injustificada e irrazonable a los derechos de salud e integridad personal, privacidad y libre desarrollo de la personalidad”, señaló la Primera Sala a propuesta del ministro ponente Juan Luis González Alcántara Carrancá.
“La regulación normativa penal que no permite reconocer el uso o consumo de cannabis sativa para uso personal como supuesto de exclusión del delito es inconstitucional, pues tanto el operador jurídico como el destinatario de la norma se encuentran en imposibilidad de ponderar cuando no hay delito ante tal supuesto”.
El criterio no es obligatorio, pero puede ser retomado en futuros amparos que sean promovidos ante jueces federales o en procesos penales en curso.
La resolución fue emitida en un amparo tramitado por un hombre que fue vinculado a proceso por delitos contra la salud bajo la hipótesis de posesión simple de marihuana.
En su demanda, el quejoso afirmó ser consumidor del narcótico y que el gramaje máximo de posesión de marihuana establecido por la ley para evitar una sanción penal es inconstitucional. El amparo le fue negado por un juez de Distrito, por lo que tramitó un recurso de revisión que llegó a la Primera Sala.
Los ministros precisaron que la decisión no implica la legalización de la marihuana ni la eliminación del delito de posesión simple de narcóticos o la despenalización de ciertas drogas, así como la tabla de gramajes máximos para consumo.
DEJA TU COMENTARIO