Exigirán la autorización de los clientes para cancelar facturas
Ya no podrán cancelar facturas por decisión propia
Con la llegada del 1 de junio, los contribuyentes de todos los regímenes que emiten facturas al público en general, ya no podrán cancelar facturas por decisión propia, indicaron contadores consultados.
Fue Rodolfo Enrique López González, contador de la localidad, quien indicó en entrevista la tarde del jueves, que los causantes cautivos, solo tienen una semana para cancelar de motu propio sus facturas no pagadas por sus clientes, pues en delante, necesitarán autorización de la contraparte.
“A partir del 1 de junio, si emites un factura a tu cliente, pero deseas cancelarla, ya sea porque no te la pagaron, porque te equivocaste o por cualquier otra razón, necesitarán la autorización de tu cliente para la cancelación, para ello necesitarás notificarle a tu cliente que vas a cancelar a través del Buzón Tributario, por ahí le envías el correo en donde le pides la cancelación y él te contestará si te autoriza a cancelarla o no.
De no tener la autorización del cliente, esa facturar generará impuestos que hay que pagar al SAT”, dijo a modo de advertencia el profesional de al contaduría pública.
No obstante, López González expresó que se contempla un plazo para poder cancelar por sí mismos, los contribuyentes, dichas facturas, se espera que dicho plazo sea de entre 48 y 72 horas.
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