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Avala la Corte censura digital

La ley prevé un sistema de contraaviso, por el cual la parte afectada por el retiro puede probar que no está violando derecho de autor

  • Por: REFORMA
  • 31 MAYO 2024 - .
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Proveedores de servicios de Internet pueden bajar un contenido en cuanto reciban el aviso del titular del derecho de autor.

Ciudad de México

La Suprema Corte de Justicia avaló ayer el mecanismo para retirar unilateralmente contenidos de internet, el cual está vigente desde 2020 para ajustar la ley nacional al Tratado México-Estados Unidos-Canadá (T-MEC) aunque ha sido criticado por organizaciones que defienden la libertad de expresión. 

Por cinco votos contra cuatro, el Pleno de la Corte declaró Constitucional el denominado "sistema de aviso y retirada", por el cual proveedores de servicios de internet pueden bajar un contenido en cuanto reciban el aviso del titular del derecho de autor o su representante legal. 

La mayoría apoyó el proyecto del Ministro Javier Laynez, que establece que el mecanismo no viola derechos humanos de libre expresión, seguridad jurídica y debido proceso, pues sólo se puede activar a petición del titular de los derechos y tiene la agilidad necesaria para enfrentar la difusión global e inmediata propia de las redes digitales. 

Se enfatizó que la ley prevé un sistema de contra-aviso, por el cual la parte afectada por el retiro puede probar que no está violando derecho de autor, aunque hay un plazo de quince días hábiles para subir de nuevo el contenido. 

DE PANZAZO

Para aplicar el retiro unilateral de contenidos por los propios proveedores de internet, la votación fue de seis a favor contra tres ministros que pedían su invalidez. 

Sin embargo, las dos Ministras ausentes en la sesión, Loretta Ortiz y Margarita Ríos-Farjat, se pronunciaron desde el martes por la validez del retiro unilateral, lo que el próximo lunes llevará a una votación final de 6-5.

Como no se alcanzarán los ocho votos necesarios para invalidar, las acciones de la CNDH y senadores de oposición serán desestimadas en este punto, sin pronunciamiento de la Corte

En tanto, la medida conocida como "stay down", por la cual los proveedores de internet tienen que impedir que se vuelvan a subir materiales ya retirados, solo alcanzó cinco votos por la invalidez, y será declarado válido cuando se sumen los votos de Ortiz y Ríos-Farjat. 

DIVERSAS SANCIONES

El Pleno también avaló diversas sanciones administrativas y penales por infracciones y delitos al difundir en internet materiales que cuentan con derecho de autor, así como por eludir las medidas tecnológicas que los protegen.

"Es importante que los autores cuenten con mecanismos para defenderse de violaciones patrimoniales que se producen en el entorno digital, pero esto se puede hacer en armonía y ponderación con el derecho a la libertad de la expresión, como uno de los derechos humanos más sensibles para garantizar la vida democrática", dijo la ministra presidenta Norma Piña, al votar por la invalidez de los dos sistemas de retiro. 

"El procedimiento unilateral de retirada coadyuva a la eficiencia en la protección de los derechos, porque permite una acción rápida y efectiva para esa protección", afirmó a su vez el ministro Jorge Pardo, al destacar que el afectado por el retiro tiene derecho a defenderse.

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