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Viola AMLO veda de campaña: INE

Se le ordenó eliminar o modificar sus conferencias de prensa del 4 y 6 de marzo, en las que presume logros de gobierno

  • Por: REFORMA
  • 26 MARZO 2024 - .
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Asegura el INE que el presidente violó la ley electoral.

Ciudad de México

El INE determinó que el Presidente Andrés Manuel López Obrador violó la ley electoral al hablar de temas prohibidos en campaña.

Por ello, le ordenó eliminar o modificar sus conferencias de prensa del 4 y 6 de marzo, en las que presume logros de gobierno.

Por ejemplo, el tabasqueño presumió logros en materia de seguridad, basificación de personal de salud, los precios de gasolina, incentivos fiscales, compra de plantas eléctricas, construcción de hospitales y prisión preventiva, además de arremeter contra la Oposición, al referirse al "saqueo neoporfirista".

MEDIDA CAUTELAR

Esta sería la primera medida cautelar contra el Primer Mandatario por violar la legislación en periodo de campaña, la cual comenzó el 1 de marzo.

"(Estos temas) no pueden considerarse permitidos en esta etapa del proceso electoral y se trata de propaganda gubernamental.

"Se tiene constancia que en distintas conferencias el Primer Mandatario emitió manifestaciones que pueden ser contrarias a la normatividad en la materia", indica el resolutivo de la Comisión de Quejas.

El PRD también solicitaba suspender las conferencias de prensa, sin embargo, aclaró la presidenta de la Comisión, Claudia Zavala, existe un criterio del Tribunal Electoral sobre que esto no es posible y debe analizarse caso por caso.

CONTENIDO PARTICULAR

"Se debe ver una por una, a partir del contenido particular para no generar una medida desproporcionada", indicó.

La Constitución establece que durante el periodo de campañas las autoridades únicamente podrán hablar sobre asuntos de salud, educación y protección civil, sin que, en ningún momento presuman logros de gobierno.

"(Se reitera) al Jefe del Ejecutivo federal que debe abstenerse, bajo cualquier modalidad o formato, de realizar manifestaciones, emitir comentarios, opiniones, o señalamientos sobre temas electorales, ya sea de forma positiva o negativa, cuidando que su actuar se encuentre ajustado a los principios constitucionales de imparcialidad y neutralidad.

"Así como de difundir propaganda gubernamental distinta a la exceptuada por el artículo 41 Constitucional, Base III, apartado C, y 21 de la Ley General de Comunicación Social", indica el acuerdo.

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