Hacen realidad ´vacaciones dignas´
El Diario Oficial de la Federación publicó el Decreto
Ciudad de México
En edición vespertina de este martes, el Diario Oficial de la Federación publicó el Decreto por el que los trabajadores del sector privado tendrán derecho a 12 días continuos de vacaciones desde el primer año laborado.
"Se reforman los artículos 76 y 78 de la Ley Federal del Trabajo, para quedar como sigue:
"Artículo 76.- Las personas trabajadoras que tengan más de un año de servicios disfrutarán de un periodo anual de vacaciones pagadas, que en ningún caso podrá ser inferior a doce días laborables, y que aumentará en dos días laborables, hasta llegar a veinte, por cada año subsecuente de servicios.
"A partir del sexto año, el periodo de vacaciones aumentará en dos días por cada cinco de servicios.
"Artículo 78.- Del total del periodo que le corresponda conforme a lo previsto en el artículo 76 de esta Ley, la persona trabajadora disfrutará de doce días de vacaciones continuos, por lo menos. Dicho periodo, a potestad de la persona trabajadora podrá ser distribuido en la forma y tiempo que así lo requiera "establecen los artículos reformados. (El Universal)
El 76 de esta Ley, la persona trabajadora disfrutará de doce días de vacaciones continuos, por lo menos. Dicho periodo, a potestad de la persona trabajadora podrá ser distribuido en la forma y tiempo que así lo requiera.
ASÍ SE CONTABILIZARÁN
De acuerdo con la reforma conocida como "Vacaciones dignas", aprobada el pasado 15 de diciembre, los empleados que cumplan un año de servicio tendrán derecho a 12 días de vacaciones, y a partir de ahí se incrementarán dos días por cada año laborado, hasta llegar al quinto año, cuando se tendrá derecho a disfrutar 20 días de vacaciones.
A partir del sexto año, el período vacacional se incrementará dos días por cada cinco años de trabajo, por lo que al tener de 6 a 10 años de servicio se tendrá derecho a 22 días. De 11 a 15 años, 24 días de vacaciones, y así hasta llegar a 32 días de vacaciones en el caso de las personas que tengan de 31 a 35 años de antigüedad.
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